Este miércoles el Presidente de la República, Sebastián Piñera, promulgará la Ley de Portabilidad Financiera, que fue despachada desde el Congreso la semana pasada.

¿En qué consiste? La iniciativa busca facilitar a las personas y también a las micro y pequeñas empresas el cambio de proveedor de productos financieros.

¿Qué productos están sujetos a la ley? Todos los productos financieros serán objetos de portabilidad y solo en el caso de los créditos hipotecarios habrá condiciones especiales.

Se podrán cambiar de proveedor financiero las cuentas de ahorro, cuentas vista, chequera electrónica, línea de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo y créditos automotrices, entre otros.

¿Qué entidades financieras están consideradas para la Portabilidad Financiera? Bancos, compañías de seguros,  agentes administradores de mutuos hipotecarios, cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación, instituciones que coloquen fondos de manera masiva (por ejemplo, empresas que otorgan créditos automotrices), emisores de tarjetas y otras entidades fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

¿Cómo funciona la portabilidad? La Portabilidad Financiera tiene dos modalidades: estándar, que es para cualquier producto financiero y una para los créditos con garantía real, como son los préstamos hipotecarios o automotrices.

Para el proceso estándar hay cinco pasos:

1) El proveedor inicial emite el certificado de liquidación al cliente o al nuevo proveedor, documento que es gratuito y que contiene la información de todos los productos financieros vigentes. El cliente indica los productos que quiere contratar con un nuevo proveedor y los que quiere cerrar con el proveedor inicial.

2) El nuevo proveedor emite una oferta con los productos y condiciones, la cual tiene una vigencia de a lo menos 7 días hábiles.

3) El cliente acepta las condiciones ofrecidas y con ello otorga un «mandato de término» para que el nuevo proveedor pueda cerrar con el proveedor inicial los productos que actualmente tiene contratados.

4) El cliente contrata con el nuevo proveedor los productos ofrecidos.

5) El nuevo proveedor tiene 3 días hábiles para pagar saldos pendientes y requerir cierre de productos.

Para el proceso de subrogación hay seis pasos:

1) El proveedor inicial emite un certificado de liquidación al cliente o al nuevo proveedor, el que contiene la información de todos los productos financieros vigentes. El cliente indica los productos que quiere contratar y los que quiere cerrar con el proveedor inicial.

2) El nuevo contrato puede modificar tasas, plazos y otras condiciones. El monto podrá ser modificado hasta el capital original del crédito inicial.

3) El nuevo proveedor queda obligado a celebrar el contrato con el cliente en los términos de la oferta.

4) A diferencia del proceso actual, no se requiere que el proveedor inicial firme documentos.

5) Con el pago ocurre automáticamente la subrogación del crédito.

6) Nuevo proveedor debe solicitar inscripción en el registro correspondiente, solo para efectos de publicidad.

¿En qué consiste la subrogación especial de créditos? Permite que la nueva institución financiera pase a ser beneficiaria de la garantía, en el momento en que le paga a la institución inicial, sin necesidad de alzar y constituir una nueva garantía.

¿Qué significa la subrogación para los créditos? Que los refinanciamientos, que actualmente demoran en promedio 75 días, pasen a demorarse unos 45 días, lo que significa un ahorro del 40% del tiempo que equivale a 30 días.

¿Quiénes se beneficiarán? Desde el gobierno señalan que el 97% de la población adulta, es decir, 13.637.426 personas, cuenta con algún producto financiero: 4,9 millones de cuentas corrientes; 17,5 millones de tarjetas de crédito; 19,3 millones de cuentas vistas; 2,6 millones de créditos de consumo; 1 millón de préstamos hipotecarios; 200.000 créditos de financiamiento automotriz.

Por otro lado, el 97% de las pequeñas empresas, unas 189.372 empresas, tiene algún producto financiero, mientras que el 94% de las microempresas, es decir, 653.042 firmas, cuante con uno.

Fuente: Diario Financiero